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De 155 impuestos -nacionales, provinciales y municipales-, solo 10 aportan el 92% de la recaudación total del país

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El objetivo del vademécum tributario del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) es la identificación de los distintos tipos de tributos establecidos por los gobiernos para un año en particular. Como país federal, Argentina tiene las potestades tributarias distribuidas entre los distintos niveles de gobierno, es decir, nacional, provincial y municipal. En efecto, cada uno de estos establece, dentro de su marco legal, distintos tipos de tributos que determinan el financiamiento de sus funciones. El criterio utilizado es el del hecho imponible, entendiéndose por hecho a todo aquello que da lugar a la existencia de un tributo para un determinado nivel de gobierno.

Un par de ejemplos pueden ayudar a una mejor comprensión: el uso de alumbrado público da origen a una tasa municipal de alumbrado público y la obtención de un nivel de ingreso determinado da origen al impuesto a las ganancias. Con los ingresos obtenidos por la tasa de alumbrado público el municipio debe financiar el costo de brindar el alumbrado público a los ciudadanos. Con los ingresos obtenidos por el impuesto a las ganancias, los gobiernos financian su presupuesto de gastos. En efecto, el vademécum tributario de IARAF no es un mero listado de todos los tributos existentes a lo largo y ancho de Argentina, sino una lista de los distintos tipos de tributos identificados según los distintos hechos imponibles registrados.

Además, como criterio de selección, se deja de lado a aquellas tasas municipales que impliquen una provisión de bienes privados de manera directa, como, por ejemplo, la tasa por desagote de pozos ciegos y cámaras sépticas.

También, los tributos provinciales vinculados al régimen para trabajadores en relación de dependencia pertenecientes a la nómina de los distintos gobiernos provinciales (en aquellas provincias que no transfirieron sus sistemas previsionales), no serán considerados, por no estar incluidas en los códigos fiscales ni leyes impositivas provinciales.
Para la realización del vademécum, se hace un análisis exhaustivo de la normativa tributaria vigente en los diferentes estratos gubernamentales.
Resulta relevante recordar que se denomina tributo al pago que se realiza al Estado para que éste lo administre a través de las operaciones mediante las cuales provee a la ciudadanía de bienes y servicios.
Los tributos pueden clasificarse como impuestos, tasas y contribuciones. La diferencia fundamental entre un impuesto y una tasa o contribución específica, es que en los primeros se grava una manifestación de capacidad contributiva que no precisa ser acompañada de una contraprestación específica por parte del Estado, en tanto que en el caso de tasas y contribuciones la obligación de pago se origina en la prestación estatal de un bien, obra o servicio que beneficia de manera focalizada al contribuyente.
Para evitar interpretaciones erróneas, es importante reafirmar que el objetivo del vademécum tributario de IARAF es identificar distintos tipos de tributos existentes en el país.
Es obvio que una persona humana o jurídica no tributa la totalidad de los tributos identificados, sino la parte que le corresponde en función del desarrollo de sus actividades, de su posesión de bienes, de su ubicación geográfica y del intervalo temporal que se considere.
Si se toma un horizonte temporal de un año, el conjunto de tributos que una persona humana paga es mayor al que surge si se toma solamente un mes. Por ejemplo, es habitual renovar el carnet de conducir en el término de tres o cinco años. También es habitual tener que realizar la inspección técnica vehicular obligatoria anualmente. Si en un análisis se toma solamente un mes, es factible que estos tributos no resulten identificados.

Cantidad de tributos en 2024

Del análisis de la legislación tributaria de 2024, se identificó la existencia de 155 diferentes tipos de tributos a lo largo de nuestro país.
Entre estos tributos se encuentran impuestos, tasas, contribuciones y derechos. Para poder realizar una clasificación seria de los tributos en sus distintas versiones, se requiere un estudio profundo del funcionamiento de cada uno de ellos. Esto obedece a que, si bien a priori una tasa no es un impuesto, si el monto cobrado excede el valor de la contraprestación puede considerarse que tiene una parte impositiva. En efecto, lo que sí puede afirmarse es que al menos existen 61 impuestos claramente definidos al considerar los tres niveles de gobierno.

En el cuadro 1 se los presenta clasificados según nivel de gobierno. En primer lugar, están los tributos nacionales, luego los provinciales y, por último, los municipales.


En línea con el objetivo central del vademécum, es decir, con la identificación de diversos tipos de hechos imponibles o de servicios públicos exclusivamente brindados por el Estado, se consideró necesario realizar los siguientes cambios respecto al vademécum del año 2023: por un lado, la suma de tres tributos nacionales y, por otro, la resta de dos. A nivel municipal la adición de siete tributos y la eliminación de uno.
Como resultado, los tributos totales identificados pasaron de 148 en 2023 a 155 en 2024.

De esta manera, respecto al 2023, los tributos nacionales relevados pasaron de 45 a 46, los
tributos provinciales se mantuvieron en 25, y los tributos municipales crecieron de 78 a 84.

¿Qué grado de concentración tiene la recaudación tributaria argentina?
Independientemente de la diversidad de tributos identificados, la recaudación efectiva
de todos los niveles de gobierno de Argentina se encuentra concentrada en
relativamente pocos tributos.
Considerando la recaudación de IVA, Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social,
Ganancias de personas humanas y de sociedades, el impuesto provincial a los Ingresos
Brutos, el impuesto a débitos y créditos bancarios y Derechos de exportación,se obtiene
el 83% de la recaudación tributaria consolidada de Argentina.
Si a los 6 tributos mencionados se le agregan el impuesto P.A.I.S, los Derechos de
Importación, la Tasa de Seguridad e Higiene Municipal (TISH) e impuestos internos
coparticipados, se tiene que el 92% de la recaudación consolidada argentina se
concentra en 10 tributos, 8 de los cuales son nacionales, uno provincial y uno
municipal. Esto puede apreciarse en los gráficos 3 y 4.

Si bien 8 de los 10 tributos que recaudan el 92% de la recaudación en nuestro país son
recaudados a nivel nacional, una porción de los fondos se distribuye entre Nación y
provincias + CABA, a través de las leyes de coparticipación vigentes. Concretamente, los
10 tributos aportan $92 de cada $100 recaudados, siendo la distribución definitiva de
2023 la siguiente: el Tesoro Nacional recibió $23, ANSES $27, Provincias y CABA $32 y
los Municipios $10.

Si a los $92 aportados por los 10 principales tributos se le suman los $8 restantes, se
tiene que la totalidad de la recaudación se terminó distribuyendo de la siguiente
manera: el Tesoro Nacional recibió $24,2, ANSES $27,5 Provincias y CABA $35,2 y los
Municipios $13 (gráfico 6).

Fuente: iaraf.org

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