Sustituir ganancias y aportes por un impuesto a los ingresos - Bolsa de Comercio de Mendoza | Desde 1942 participamos en la economía de Mendoza

Sustituir ganancias y aportes por un impuesto a los ingresos

Compartir

Una vez más el tratamiento del presupuesto fue motivo de un debate poco serio sobre el impuesto a las ganancias. En esta oportunidad se volvió a intentar, sin éxito, eliminar la exención que disfrutan los empleados judiciales y simultáneamente –y de manera muy poco transparente– se ampliaron las exenciones en favor de los camioneros.  Mientras tanto, se sigue pasando por alto el debate sobre la enorme cantidad de exenciones en favor de determinadas entidades y grupos de trabajadores y los serios problemas de diseño que tiene el tributo. 

En la férrea resistencia a pagar el impuesto a las ganancias por los ingresos personales subyace un alto grado de hipocresía. Por un lado, está muy internalizado –especialmente entre los dirigentes– el objetivo de avanzar hacia una sociedad más igualitaria e inclusiva. Por el otro, con el mismo énfasis, se rechaza la principal herramienta tributaria con que cuenta el Estado para contribuir a una distribución más progresiva del ingreso. Un factor que contribuye a esta contradicción es usar la denominación impuesto a las “ganancias”, cuando en realidad se trata de un impuesto a los “ingresos”. De hecho, en el resto del mundo se usa la denominación “income tax”

¿Cuánto recauda el impuesto a los ingresos sobre las personas humanas? Según información publicada por la OECD y la CEPAL se observa que:

  • En la Argentina se recauda aproximadamente el 2% del PBI.
  • En Uruguay recauda un 4% del PBI, en Brasil un 3% del PBI y en Chile el 2% del PBI.
  • En los países desarrollados el impuesto a los ingresos personales recauda un 8% del PBI en promedio. 

Estos datos muestran que en la Argentina se paga muy poco impuesto a las ganancias. En los países de mayor desarrollo social se paga 4 veces más. Entre los países vecinos, en Uruguay se paga 2 veces más y en Brasil un 50% más que en la Argentina. En Chile, un país que es considerado por la mayoría de los argentinos como socialmente injusto, se paga lo mismo que en Argentina. Se trata de evidencias muy contundentes que muestran la flagrante contradicción entre lo que se declama y lo que se practica.

La Argentina tiene como agenda prioritaria y urgente un ordenamiento tributario integral. Un componente clave son las imposiciones sobre los ingresos laborales de las personas que actualmente se aplican de manera muy arbitraria a través de diferentes imposiciones. En el caso de los asalariados tributan los aportes personales (14% del salario para ANSES y PAMI) hasta $ 475 mil y el impuesto a las ganancias que se aplica sobre remuneraciones que superan los $330 mil con alícuotas que arrancan en el 5% y rápidamente llegan al máximo del 35%. En el caso de los cuentapropistas, los de más bajos ingresos son beneficiados con el Monotributo que tiene una cuota fija que representa apenas un 4% de los ingresos y los de mayores ingresos, además de aportes a la seguridad social, pagan ganancias a partir de $95 mil mensuales. El esquema es muy distorsivo e inequitativo.

La solución no pasa por seguir agregando parches, sino por unificar todos los impuestos al trabajo en un único “impuesto a los ingresos personales”. Este tributo debería ser aplicable sobre el total de las remuneraciones, con mínimos no imponibles iguales para todos, y alícuotas progresivas que aumenten con el nivel de ingreso de manera suave para evitar “saltos” en la presión tributaria. No se debe contemplar ningún tipo de exención salvo reintegros de gastos asociados a la actividad que se desarrolla. Para ser consistente con ello hay que establecer con claridad que la misma remuneración que se use para determinar el impuesto a los ingresos se usará a los fines previsionales y laborales. Esto es, si se regula una exención al impuesto, la parte exenta no se considerará para el cálculo del haber jubilatorio, ni para las indemnizaciones laborales.

No se va a salir de la decadencia renovando el statu quoUn ordenamiento integral del sistema tributario basado en la simplificación y la unificación de impuestos es urgente. Así como el IVA tiene que absorber ingresos brutos, impuestos internos y tasas municipales, el impuesto a los ingresos del trabajo tiene que absorber aportes personales y ganancias. (Fuente: IDESA, Instituto para el Desarrollo Social Argentino, idesa.org)

Compartir

Temas relacionados

Contratos Online

Por productoVencimiento
ELABORACIÓN31/07/2025

Para mayor información, por favor comuníquese con nosotros al (0261) 449-6153 / 6107 o escríbanos a estadistica@bcmdz.com.ar.
Para solicitar el alta en el sistema complete este formulario.

Es Prioritario

Contratos Online

Por productoVencimiento
UVA15/06/2024
ELABORACIÓN21/07/2023
ACEITUNA30/06/2024
TOMATE30/05/2024
DURAZNO30/05/2024
CIRUELA30/05/2024
MANZANA30/05/2024
PERA30/05/2024
AJO30/03/2024
Cereza30/03/2024

Para mayor información, por favor comuníquese con nosotros al (0261) 449-6153 / 6107 o escríbanos a estadistica@bolsamza.com.ar.
Para solicitar el alta en el sistema complete el siguiente formulario.

Edificio Central

Sarmiento 199, Ciudad.
8:00 a 16:30 hs.

Sede Central

Avenida España 1092, Ciudad.
8:30 a 16:30 hs.

Sede Notarial

Patricias Mendocinas 756
8:30 a 16:30hs.

4257557 - 4258637
La Barraca

Mall La Barraca local 17
8:30 a 16:30hs.

0800-3450-852 Interno 8105
Godoy Cruz

Carrefour, Rivadavia y San Martin.
8:30 a 16:30hs.

4224953
Guaymalén

Bandera de los Andes 4320
8:30 a 16:30hs.

4214422/77
Maipú

San Martín 286
8:30 a 16:30hs.

4977930/31
Luján de Cuyo

Patricios 287
8:30 a 16:30hs.

0261-4496100
San Martín

Centro Echesortu y Casa locales 16/17
8:30 a 16:30hs.

0263-4420840 / 4420251
Rivadavia

Lavalle y Aristobulo del Valle
8:30 a 16:30hs.

San Rafael

Pellegrini 120.
8:30 a 13hs y de 16 a 19hs.

0260 4437906 / 4425863
General Alvear

Av. Alvear Oeste 296
8:30 a 16:30hs.